Preguntas y respuestas sobre la normativa de los patinete eléctricos en Barcelona para circular y evitar una multa, que puede llegar a los 1.000 €
Los patinetes y bicicletas eléctricas son cada vez más habituales ¿Pero sabes cuál es la normativa de los patinetes eléctricos en Barcelona en vigor? ¿Conoces por donde puedes circular con los patinetes eléctricos y los vehículos de movilidad personal?
¿Hay una ordenanza para los patinetes eléctricos en Barcelona?
Aunque, hoy por hoy, no existe ninguna normativa general que regule el uso de los vehículos de movilidad personal (VMP) , la DGT ha publicado una instrucción transitoria con los criterios que definen cómo hacer un uso adecuado. Esta instrucción deberá servir hasta que la Unión Europea publique la normativa definitiva. Te contamos los detalles de la normativa transitoria , teniendo en cuenta los criterios de la DGT y del Ayuntamiento de Barcelona :
Se distingue según el tipo de vehículo de movilidad personal: el patinete eléctrico o la bicicleta. La velocidad máxima depende de la vía y del vehículo, pero en cualquier supuesto el límite más alto es de 30 km / h .
- Carril bici: para todos los tipos de vehículos, siempre que la anchura lo permita, y circulen en el sentido señalizado. En caso de que sea un carril en la acera pueden ir a un máximo de 10 km / h . Si es en la calzada , la velocidad límite es de 25 km / h .
- Calle con plataforma única: si es exclusiva para peatones, podrán circular los de tipo A a un máximo de 10 km / h . Si es una vía por donde también pasan vehículos, también pueden pasar los de tipo B y C1 a 20 km / h .
- Calzada: está reservada a los ciclos de más de dos ruedas de tipo C1 y C2. Quedan excluidos, sin embargo, las calles que forman parte de la red básica, que concentran un gran flujo de tráfico y tienen conexión en el ámbito de la ciudad.
- Calzada de zona 30: se permiten todos los vehículos de movilidad personal a una velocidad de 30 km / h , excepto los más ligeros. Los de tipo A solo podrán circular si el vehículo permite superar los 20 km / h.
¿Qué quieres saber de la circulación en Barcelona los patinetes eléctricos?
- ¿Qué vehículos regula la normativa?
- Por dónde puedo circular en Barcelona con un patinete eléctrico?
- ¿Qué medidas de seguridad debo tomar?
- Hay multas para los patinetes eléctricos en Barcelona?
- Y si es un vehículo de explotación comercial?
¿Qué medidas de seguridad debo tomar?
En el caso de los vehículos de uso personal, el casco sólo es obligatorio en las plataformas y patinetes eléctricos grandes (tipo B), mientras que es recomendable en los más ligeros. Sin embargo, si se trata de vehículos de los que se saca un provecho económico, por ejemplo, de alquiler, el casco será obligatorio, como también lo es para los vehículos de tipo C1 y C2. Los elementos reflectores, luces y timbre son imprescindibles en todos los vehículos, excepto en el caso de los ligeros (tipo A).
El conductor debe ser necesariamente mayor de 16 años , excepto en el caso de los vehículos que lleven pasajeros, en el que hay que tener 18 años. Los menores sólo pueden hacer uso en zonas cerradas al tráfico y bajo la responsabilidad de los padres o tutores.
Tener un seguro no es obligatorio si el uso del vehículo es personal, pero en el caso de los que se dedican a una explotación comercial, sí. Es necesario que tengan una seguro de responsabilidad civil .
Sin embargo, el Ayuntamiento de Barcelona ya ha anunciado su intención de que el casco y el seguro sean obligatorios para todos los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal. La concejala de Movilidad, Rosa Alarcón, dijo que elevará la iniciativa al Pacto por la Movilidad (donde están representadas entidades del sector) porque “es el momento de abrir el debate y plantear esta medida” .
Hay multas para los patinetes eléctricos en Barcelona?
Sí, la ordenanza de circulación los patinetes eléctricos en Barcelona incluye un régimen sancionador con multas según la gravedad de la infracción. Para los casos leves, es de hasta 100 €, hasta 200 € para los graves, y hasta 500 € en los que sean muy graves.
- Conducir haciendo uso del teléfono móvil se puede sancionar con una multa de 200 € .
- Utilizar auriculares conectados a aparatos receptores supone 200 € .
- Está prohibido circular por las aceras y zonas reservadas para peatones . Se puede sancionar con 200 € de multa, siempre siguiendo los matices que establezcan las ordenanzas municipales.
- Los patinetes son aptos para transportar una única persona . Se puede sancionar a un uso diferente con 100 € de multa.
- No circular con el alumbrado adecuado ni prendas reflectantes por la noche puede motivar una sanción de 200 € .
Además, la última instrucción transitoria de la DGT , relativa a este tipo de vehículos, indica que sus conductores están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y de drogas y, en caso de sobrepasar las tasas permitidas, pueden ser sancionados con los mismos importes con que se sancionarían en caso de que condujeran cualquier otro vehículo: de 500 a 1.000 € en función de la tasa de alcohol o una multa de 1.000 € en caso de que haya consumido drogas . En estos supuestos, además, el VMP (vehículo de movilidad personal) se inmovilizará .
Parques: sólo pueden pasar los de tipo A y B, a 10 km / h como máximo. Los de transporte de mercancías podrán acceder si hay chiringuitos en que hayan de cargar y descargar.
¿Qué vehículos regula la normativa en Barcelona?
El Ayuntamiento de Barcelona incluye en la regulación los vehículos de movilidad personal, todo tipo de artilugios, entre ellos los conocidos patinetes eléctricos , de diversas características, y los ciclos de más de dos ruedas , que agrupa por tipo según el peso y las tamaños.
- Tipo A: incluye ruedas, plataformas de una o dos ruedas y patines y patinetes eléctricos ligeros. Tienen un peso máximo de 25 kg y una longitud que no puede ser superior a un metro.
- Tipo B: en esta categoría se encuentran las plataformas y patinetes eléctricos más grandes. Pesan, como máximo, 50 kilos y no pueden hacer más de 1,9 metros de longitud.
- Tipo C: este grupo se divide en tres subcategorías: la primera (C0), para los ciclos de más de dos ruedas para uso personal con una cesta de grandes dimensiones; la segunda (C1), reservada a los destinados a alguna actividad de explotación económica; y la tercera (C3), para los que se utilizan para el transporte de mercancías. En los tres casos, el peso máximo es de 500 kg y el límite de longitud, de 3,1 metros.
¿Por dónde puedo circular según la ordenanza del patinete eléctrico en Barcelona?
Según el tipo de vehículo se establecen unas restricciones concretas. En general, sin embargo, deben circular prioritariamente por el carril bici y, en cambio, tienen prohibido ir por la acera . Sin embargo, si hace más de 4,75 metros de anchura y hay tres libres, los vehículos de transporte de mercancías pueden acceder para realizar la carga y descarga.
¿Y si es un vehículo de explotación comercial?
Estos tipos de vehículos tienen unas condiciones especiales si se saca un rédito económico , ya sea para una finalidad turística o de ocio con ánimo de lucro. En este supuesto, por ejemplo, es obligatorio el uso del casco en todos los tipos, también en los ligeros. Otra de las normas que cambian es que los grupos deben ir acompañados obligatoriamente de un guía.
En cuanto al ámbito por donde pueden circular, lo tienen restringido. Sólo pueden desplazarse por las rutas marcadas por el Ayuntamiento de Barcelona en varios distritos de la ciudad. Según datos del Ayuntamiento, entre enero y julio de este año se han puesto cerca de 2.800 multas por circular fuera de las rutas marcadas en Ciutat Vella.