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Diumenge, 22 de desembre del 2024
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HALAJÀ, TAQQUIYA, NICODEMISMO, CRIPTOINDYSMO

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HALAJÀ, TAQQUIYA, NICODEMISMO, CRIPTOINDYSMO
 
Artículo dedicado a los de la prisión, a los del exilio, a los de la libertad vigilada. Y a los que les apoyan.
 
Las minorías religiosas, culturales o nacionales sometidas a represión debido a sus creencias han elaborado a lo largo del tiempo diversas estrategias ante los aparatos represores. La una muy conocida porque llena el santoral cristiano es la de la afirmación pública de la creencia para situar al represor ante la necesidad de ejecutar, normalmente de forma encarnizada, el martirio. El martirio, como es conocido, suele ser simiente de nuevos cristianos o de adeptos a lo que sea.

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Hay, però, otra estrategia diseñada por las minorías más débiles: la de la la disimulación para la supervivencia. En la tradición judía la ley de Halajá permite la violación de todas las leyes judaicas en caso de persecución, excepto las relativas a la idolatría, el incesto y el asesinato. No existe ninguna prohibición contra el hecho de fingir abrazar otra religión. Se conoce, por ejemplo, la carta al Yemen (Iggereth teimanim) de Maimónides justificando esta práctica a los judíos perseguidos de aquel territorio.

Las minorías musulmanas no suníes acuñaron el término Taqqiya (التقية), llamada también kitman (كتمان) en el ámbito de los chiítas para definir el acto de disimular las propias creencias, cuando se teme por la vid o el bienestar de los familiares fruto la persecución. Los suníes también lo autorizaban, aunque con polémica ya que las corrientes ortodoxas lo consideran una hipocresía y falta de fe y confianza en Dios. De hecho, en el Corán hay un versículo que libera del castigo divino al musulmán que reniega de la fe bajo coacción.

Los drusos y los yeziditas practican la taqqiya de forma habitual, porqué son minorías dentro de las minorías. Cumplen todos los preceptos cristianos o suníes en público y practican los ritos propios en la intimidad.
Finalmente, en el ámbito cristiano se utilizó el término nicodemismo, utilizado por Calvino para designar a los protestantes que, para evitar la persecución religiosa, aparentaban una profesión pública de catolicismo. Nicodemo era aquel fariseo que de día practicaba como tal y por la noche iba a escuchar a Jesucristo. Las persecuciones de erasmistas, luteranos, iluminados y calvinistas por parte de las autoridades católicas hasta comienzos del siglo XIX, o de minorías católicas en los estados protestantes, extendieron las prácticas de nicodemismo.

Pero si en un territorio sobresalieron las prácticas de camuflaje ideológico fué donde la persecución de las disidencias era más extensa, diversa y feroz. Y aquí sobresalen los reinos controlados por la monarquía castellana. Judíos, moriscos y disidentes cristianos, así como disidentes políticos, fueron perseguidos encarnizadamente por la justicia política del régimen: la Inquisición.

Esta, bajo tortura, amenaza de condena grave, de daños a la familia del acusado y de extorsión y confiscación de bienes, conseguía retractaciones o autoinculpaciones de unos y otros. El resto de potenciales represaliados se aplicaba la estrategia de la supervivencia: la halajá entre los pseudoconversos judíos, la taqqiya entre los conversos moriscos y el nicodemismo entre los iluminados, erasmistas o luteranos.

Pero una tradición de represión feroz de las minorías como la española, no se contentaba en forzar conversiones o falsas conversiones. El ADN criminal del aparato jurídico-policial al servicio de la casta oligàrquica castellana, azuzada por la base social ultraortodoxa, pedían sangre. Y por eso al final eran tan o más perseguidos los conversos, quienes habían renegado públicamente de sus creencias, que los mismos disidentes contumaces.

Una vez completado este hilo histórico, lean los documentos de los fiscales, los jueces, de la Audiencia Nacional y para terminar el auto de Pablo Llarena del Supremo, y encontrarán la continuidad del espíritu inquisidor castellano, que condena por pensamiento político, por intencionalidad y por supuestos inventados de potenciales delitos. La atribución de penas en función del grado de adhesión formal a la nueva Biblia constitucional y a sus intérpretes remacha el clavo de un hilo negro – de la España negra- que empieza con los Reyes Católicos.

Ante este ensañamiento que quiere descabezar la cúpula y parte de las bases de la nueva disidencia española: el independentismo republicano, se han de entender las respuestas individuales. Y todas son respetables. Yo mismo, ni ninguno de nosotros, somos quién para decir qué debe hacer un ciudadano perseguido de forma sanguinaria e injusta por el poder inquisitorial español. Los hay que optarán por la defensa heroica de las posiciones y asumirán voluntariamente el martirio, que será, que ya es, por supuesto, semilla de nuevos adeptos a la causa democrática republicana. Los hay que optarán por el nicodemismo (Halajá o taqqiya): “Usted señor juez quiere que diga viva la Constitución? Lo digo en público y me cago en ella en mi fuero interno “. “Usted, facha, con la amenaza de una porra me hace gritar “Viva España”, lo hago y por dentro me prometo luchar hasta matar a esta España de la Inquisición”.

El 1 de octubre 2017 fue una gran victoria del pueblo sobre un régimen que también ha practicado durante cuarenta años otro tipo de disimulo: la del franquismo en la intimidad y la democracia en público. La lucha por la democracia en Cataluña ha hecho aflorar lo que siempre había sido la estructura medular del aparato del estado y su ideología dominante: el totalitarismo, heredado de generación en generación por una casta que sólo puede controlar un territorio por la fuerza. Ante la furia del contragolpe de este Estado-prisión nos conjuramos a aceptar cualquier forma de supervivencia y de resistencia. Varias son las estrategias, único es el objetivo: LA LIBERTAD.
 

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